¿De qué hablamos cuando hablamos de Derecho y Economía?

A lo largo de la historia siempre lo hicimos. Hablar de Derecho era hablar de Economía, y viceversa. Sin embargo, una vez llegado el 1776 ve la luz la obra La Riqueza de las Naciones de Adam Smith, quien era profesor de Jurisprudencia –hoy, Derecho– en la Universidad de Glasgow y, a partir de allí, es que se divide la una de la otra. Es decir, quien fuera el padre de la Economía moderna tenía por oficio dictar cátedras de Derecho. En ese sentido, la obra smithiana representa la escisión entre estas ciencias y de ahí en más cada una toma caminos distintos en el derrotero del mundo del conocimiento.

La realidad misma nos enseña su necesidad de complementariedad: es una perogrullada decir que el delincuente analiza los beneficios que la va a retribuir la comisión de un hecho punible, así como también afirmar que un banquero tiene que actualizarse constantemente sobre las nuevas regulaciones bancarias vigentes.

Lo cierto es que, a partir de la bifurcación de caminos de estas ciencias hacia fines del siglo XVIII, las mismas se han desarrollado de manera exacerbada en su individualidad: a cada una se la estudia como ciencias distintas –e incluso como carreras universitarias distintas. Ahora, en cambio, habría que preguntarse qué tan sostenible es el estudio de estas ciencias como puras, endógenas y herméticas respecto a la otra.

Por un lado, la Economía señala al Derecho los estándares a los cuales se debe adaptar. Así fue que, ante la necesidad de endeudarse para crecer, surgen en la época medieval los títulos de crédito para tornar exigible el cumplimiento de un acto tan frecuente como el otorgamiento de préstamos: los títulos cambiarios dan un soporte legal a una realidad histórica. Es así que un hecho económico ocurre y ex post facto se lo juridifica.

Y, por el otro lado, el Derecho protege la Economía para que esta pueda progresar. Cuando Juan quiere realizar un depósito bancario superior a 10.000 USD y el banco le exige una declaración jurada privada acerca de la trazabilidad de ese dinero. O, en otro escenario, cuando la ley establece la necesidad de que todo contrato cuyo objeto tenga un valor pecuniario superior a 10 jornales deba realizarse por escrito, a efectos de brindar seguridad jurídica a las partes y en aras de lograr ese ideal de convivencia pacífica en la sociedad.

El Derecho y la Economía pudieron haberse divido formalmente, a los efectos de su estudio, en las academias. Sin embargo, materialmente la una está tan adentro de la otra y a la inversa, de tal manera que en el 2016 el Premio del Nobel de Economía no fue concedido a un economista por sus descubrimientos en macroeconomía, teoría de los juegos o alguna otra materia que sea estrictamente económica, sino que lo ganaron Oliver Hart y Bengt Holmström por sus contribuciones a la teoría de los contratos. Lo referido no es una nimiedad para el relacionamiento entre el Derecho y la Economía y del solo hecho de la entrega del galardón se desprende un futuro –y no lejano– cambio de paradigmas en la forma de concebir a estas ciencias y de reconciliarlas.

Desde aquella formidable teoría de la economía de Smith que sienta las bases de la Economía moderna, y por más de 200 años, el Derecho y la Economía han vivido disociados el uno del otro. Ambas se han consolidado como ciencias puras que agotan en sí mismas. Pero estos hechos hablan por sí solos y nos impelen a repensar las ciencias jurídicas y económicas desde su complementariedad, desde su interrelacionalidad y desde su unidad.

Más Publicaciones

AZÚCAR ORGÁNICA – UN PRODUCTO PROMETEDOR DE TRIPLE IMPACTO DENTRO DEL COMERCIO PARAGUAYO.

La producción agro-industrial es un rubro aún por explorar en Paraguay, dicho sector posee el potencial de agregar mayor valor agregado a los productos derivados del sector primario y aumentar el nivel de las exportaciones de las mismas. Uno de los productos dentro de la agricultura orgánica que últimamente va ganando de a poco un lugar diferenciado en el comercio nacional e internacional por el triple impacto y el valor nutricional que posee es la azúcar orgánica.

Asociate

La Sociedad de Derecho y Economía de la Universidad Católica es una organización universitaria que nuclea a estudiantes de derecho y de ciencias económicas, de todas las sedes de la Universidad Católica del Paraguay, con el objeto de constituirse en un espacio de estudio e investigación sobre las novedades científicas de la vinculación de lo económico con lo jurídico, y crear una red de estudiantes y futuros profesionales que aspiran a la modernización de la actividad económica en el Paraguay..

Sociedad De Derecho Y Economía Ⓒ 2020 - Todos los Derechos Reservados

plugins premium WordPress