En un mundo donde la brecha de la desigualdad se ha visto exacerbada por la pandemia, donde no solo hemos perdido vidas por el COVID-19, sino que también las hemos perdido debido a la pobreza, ya no podemos continuar pensando en formas tradicionales de hacer negocios, de desarrollo económico ni de crecimiento profesional.
Si bien hace unas décadas venimos utilizando los conceptos de “filantropía” y “responsabilidad social” a la hora de determinar las preocupaciones de una empresa, esto ya no es suficiente, y la verdad es que no lo ha sido durante muchos años. La hiperconectividad y el empoderamiento de las sociedades respecto de sus derechos, hacen que las empresas deban pensar en cómo manejar todo tipo de variables, tales como económicas, ambientas, sociales, de gestión, transparencia e imagen. Es por esto que la “Sostenibilidad” viene a reemplazar estos conceptos unidireccionales con una mirada más bien transversal, dando relevancia a todos los impactados directos e indirectos de la empresa, considerándolos rightholders, es decir, sujetos de derecho a la hora del desarrollo de su actividad.
Esto también ha llevado a las empresas a proyectar su “Propósito”, aquella razón por la que desarrollan si quehacer, la columna vertebral que define la dirección y lineamientos a la hora de la toma de decisiones, y cómo este se relaciona con la sostenibilidad de su desarrollo. Así encontramos que han emergido diversos movimientos que permiten guiar a las empresas a estos fundamentos, como el Movimiento B[1] o más conocido como Empresas B, el cual centra su atención en que las empresas no sólo vean el incremento económico como una finalidad, sino que proyecten el impacto positivo que quieren generar en la sociedad, teniendo incorporadas políticas para responder a necesidades sociales y ambientales. ESG o Economic, Social and Governance, que son factores que deberían ser considerados por los inversionistas antes de tomar la decisión de invertir en una empresa, permitiéndoles analizar la sostenibilidad de esta desde 3 puntos focales de impacto. Compliance en Derechos Humanos, que es llevar el cumplimiento normativo de las empresas y sus leyes de compliance al siguiente nivel, elevar los estándares a un mínimo internacional y así asegurar, no sólo el respeto de los derechos humanos, sino que además permite adelantarse a futuras normativas locales que exijan más a las empresas, por lo tanto es una inversión y una medida de prevención.
Pero esto no sólo se ha planteado para las empresas, sino que también para el desarrollo de los profesionales de diversas áreas. El movimiento pro bono que tradicionalmente se conoce para la profesión legal[2], hoy es utilizado para todos los profesionales que quieran aportar a la sociedad en forma gratuita y voluntaria, y encontramos voluntariados profesionales de las más diversas áreas. Pero los abogados/as continúan desarrollando la responsabilidad profesional incluso cuando no están haciendo voluntariado. Es así como ha emergido la Red Latinoamericana de Abogados de Impacto[3], quienes buscan generar a través del ejercicio de la profesión, un impacto social y ambiental positivo en las políticas públicas, inversiones y actividades comerciales.
Todas las anteriores son opciones aplicables a todo tamaño de institucionalidad y a todo tipo de profesional. Es hora de que comencemos a hacer el cambio, porque si no lo hacemos ante una pandemia que Oxfam Internacional ha apodado como el “Virus de la desigualdad”[4], entonces, ¿cuándo?
[1] Ejemplo Sistema B https://www.sistemab.org/
[2] @cidsepUC
[3] Ve https://www.linkedin.com/company/red-latinoamericana-de-abogados-de-impacto/
[4] Columna disponible en https://www.oxfam.org/es/informes/el-virus-de-la-desigualdad